Persona Humana: INTRODUCCIÓN

Persona Humana.
INTRODUCCIÓN
Lo que constituye al hombre es principalmente el alma, forma sustancial de su naturaleza. De ella dimana en último lugar toda la vida humana; en ella radican todos los dinamismos psíquicos con su propia estructura y su ley orgánica; a ella es a quien la naturaleza encarga el gobierno de todas las energías, hasta tanto que éstas no hayan adquirido aún su última determinación”. 
Para poder hablar de los principios del estado, se (tiene que) debe empezar por su elemento más esencial, el elemento que es anterior al estado: la población; más concretamente la persona humana. El hombre, como bien lo dijo Aristóteles, es un ser social por naturaleza; es decir, necesita vivir en sociedad para así poder satisfacer sus necesidades. «El hombre es, en efecto, por su íntima naturaleza, un ser social, y no puede vivir ni desplegar sus cualidades sin relacionarse con los demás. El hombre, única criatura terrestre a la que Dios ha amado por sí misma, no puede encontrar su propia plenitud si no es en la entrega sincera de sí mismo a los demás. Pero, ¿qué es el hombre? Muchas son las opiniones que el hombre se ha dado o se da sobre sí mismo, diversas e incluso contradictorias. Exaltándose a sí mismo como regla absoluta o hundiéndose hasta la desesperación». No se puede hablar de un estado ni de su personalidad, si antes no se conoce a fondo cuál es su origen o quiénes lo componen. La persona humana es, en realidad, un ente de estructura compleja en donde se tiene que analizar con detenimiento cada uno de sus elementos para poder comprender la trascendencia de su existencia y de su fin. Los elementos de la persona humana, son los que le dan vida y forma al estado; de cada una de las propiedades del hombre emanan las garantías individuales que el estado debe de (procurar) aceptar y proteger. No se puede hablar de un verdadero estado si no hay justicia en donde se tengan protegidas, por el ordenamiento jurídico, la libertad, la igualdad y la dignidad de la persona
El estado, pues, debe de estar formado conforme a estos principios elementales que son inherentes a la persona y por lo tanto necesitan estar regulados y protegidos por el mismo, adquiriendo, de esta manera, su personalidad como tal. «Establecidos sobre esta misma base, la persona, el estado, el poder público, con sus respectivos derechos, están tan íntimamente unidos y vinculados entre sí, que o se conservan o se arruinan al mismo tiempo”.