Otros trastornos del estado de ánimo
* Trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica [293.83]
– Características diagnósticas
La característica esencial del trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica es una notable y persistente alteración del estado de ánimo que se considera debida a los efectos fisiológicos directos de una enfermedad médica. La alteración del estado de ánimo puede consistir en un estado de ánimo depresivo, una notable disminución de intereses o del placer o un estado de ánimo elevado, expansivo o irritable (Criterio A). Aunque la presentación clínica de la alteración del estado de ánimo puede parecerse a la de un episodio depresivo mayor, maníaco o mixto, no se cumplen totalmente los criterios para estos episodios.
El tipo de síntoma predominante puede indicarse utilizando uno de los subtipos siguientes: con síntomas depresivos, con episodios similares a los depresivos mayores, con síntomas maníacos o con síntomas mixtos. En la historia clínica, la exploración física o los hallazgos de laboratorio deben existir pruebas de que la alteración es la consecuencia directa de una enfermedad médica (Criterio B). La alteración del estado de ánimo no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental (p. ej., un trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo que se presenta como respuesta al estrés psicológico debido a padecer una enfermedad médica) (Criterio C). Tampoco se establece el diagnóstico si la alteración del estado de ánimo sólo se presenta en el transcurso de un delirium (Criterio D). La alteración del estado de ánimo debe provocar malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo (Criterio E). En algunos casos el sujeto puede ser aún capaz de desenvolverse a costa de un esfuerzo muy importante.
Para determinar si la alteración del estado de ánimo es debida a enfermedad médica, el clínico, en primer lugar, ha de establecer claramente la presencia de dicha enfermedad médica. Además, hay que establecer que la alteración del estado de ánimo está etiológicamente relacionada con la enfermedad médica a través de un mecanismo fisiológico. Para poder hacer esta afirmación es necesario efectuar una evaluación cuidadosa y completa de múltiples factores. Aunque no hay normas infalibles para determinar cuándo es etiológica la relación entre la alteración del estado de ánimo y la enfermedad médica, algunas consideraciones pueden servir de orientación. Una consideración es la presencia de una asociación temporal entre el inicio, la exacerbación o la remisión de la enfermedad médica y la de la alteración del estado de ánimo. Una segunda consideración es la presencia de síntomas atípicos para un trastorno afectivo primario (p. ej., edad de inicio o curso atípico o ausencia de historia familiar). En la evaluación de cada caso pueden ser de ayuda los datos bibliográficos que sugieran que puede haber una asociación directa entre la enfermedad médica en cuestión y la aparición de síntomas afectivos. Además, el clínico debe dictaminar que la aliteración no se explica mejor por la presencia de un trastorno afectivo primario, un trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias u otro trastorno mental primario (p. ej., trastorno adaptativo). Este punto se explica con mayor detalle en la sección «Trastornos mentales debidos a enfermedad médica»
Al contrario de lo que sucede en el trastorno depresivo mayor, no hay diferencias en la distribución por sexos en el trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica, con síntomas depresivos. El trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica, con síntomas depresivos, aumenta el riesgo de tentativas de suicidio y de suicidio consumado. Las tasas de suicidio son variables dependiendo de la enfermedad médica en particular, si bien las que comportan un mayor riesgo suicida son las enfermedades crónicas, incurables y dolorosas (p. ej., cáncer, lesionesmedulares, úlcera péptica, enfermedad de Huntington, síndrome de inmunodeficiencia adquirida [SIDA], insuficiencia renal terminal, lesiones cerebrales).
– Subtipos
Puede usarse uno de los siguientes subtipos para indicar la presentación sintomática predominante:
F06.32 Con síntomas depresivos.
Se emplea este subtipo si el estado de ánimo predominante es depresivo, pero no se cumplen totalmente los criterios para un episodio depresivo mayor.
F06.32 Con episodio similar al depresivo mayor.
Se emplea este subtipo si se cumplen totalmente los criterios para un episodio depresivo mayor (excepto el Criterio D).
F06.30 Con síntomas maníacos.
Se emplea este subtipo si el estado de ánimo predominante es elevado, eufórico o irritable.
F06.33 Con síntomas mixtos.
Se emplea este subtipo si hay tanto síntomas de manía como de depresión sin que ninguno predomine.
– Procedimiento de tipificación
Al registrar el diagnóstico de un trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica, el clínico debe anotar tanto la fenomenología específica de la alteración, incluyendo el subtipo apropiado, como la enfermedad médica que se considera causante del trastorno en el Eje I (p. ej., F06.30 Trastorno del estado de ánimo debido a tirotoxicosis, con síntomas maníacos [293.83]). También hay que anotar en el Eje III el código diagnóstico de la enfermedad médica (p. ej., E05.9 Tirotoxicosis [242.9]).
No se realiza un diagnóstico independiente de trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica si los síntomas depresivos aparecen exclusivamente en el curso de una demencia tipo Alzheimer o en una demencia vascular. En este caso los síntomas depresivos se indican especificando el subtipo con estado de ánimo depresivo (p. ej., F00. 13 Demencia tipo Alzheimer, de inicio tardío, con estado de ánimo depresivo [290.21].
– Enfermedades médicas asociadas
Son diversas las enfermedades médicas que pueden causar alteraciones del humor. Estas enfermedades incluyen las enfermedades neurológicas degenerativas (p. ej., enfermedad de Parkinson, enfermedad de Huntington), patología vascular cerebral (p. ej., accidente vascular cerebral), enfermedades metabólicas (p. ej., deficiencia de vitamina BJ, enfermedades endocrinas (p. ej., hiper e hipotiroidismo, hiper e hipoparatiroidismo, hiper e hipofunción corticosuprarrenal), enfermedades autoinmunes (p. ej., lupus eritematoso sistémico), infecciones víricas o de otro tipo (p. ej., hepatitis, mononucleosis, virus de la inmunodeficiencia humana [VIH]) y algunos tipos de cáncer (p. ej., carcinoma de páncreas). Los hallazgos de la exploración física, las pruebas de laboratorio y los patrones de prevalencia o inicio reflejan la enfermedad médica causante del cuadro.
– Prevalencia
Las estimaciones de la prevalencia del trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica se limitan a los cuadros con síntomas depresivos. Se ha observado que el 25-40 % de los sujetos con ciertas enfermedades neurológicas (que incluyen la enfermedad de Parkinson, la enfermedad de Huntington, la esclerosis múltiple, el accidente vascular cerebral y la enfermedad de Alzheimer) presentarán una alteración depresiva importante en algún momento durante el curso de la enfermedad. En las enfermedades médicas sin una implicación directa del sistema nervioso central las tasas son mucho más variables, y comprenden desde más del 60 % en el síndrome de Cushing hasta menos del 8 % en la insuficiencia renal terminal.
– Diagnóstico diferencial
No se establece un diagnóstico independiente de trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica si la alteración se presenta exclusivamente en el transcurso de un delirium. Cuando el clínico desea indicar la presencia de síntomas afectivos clínicamente significativos que se producen en el contexto de una demencia debida a enfermedad médica, puede ser apropiado establecer un diagnóstico independiente de trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica. Una excepción es cuando los síntomas depresivos aparecen exclusivamente en el transcurso de una demencia tipo Alzheimer o una demencia vascular. En estos casos sólo se establece el diagnóstico de demencia tipo Alzheimer o de demencia vascular con el subtipo con estado de ánimo depresivo, y no se realiza el diagnóstico independiente de trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica. Si el cuadro incluye una mezcla de diferentes tipos de síntomas (p. ej., afectivos y de ansiedad), el trastorno mental específico debido a enfermedad médica depende de los síntomas que predominen en el cuadro clínico.
Si hay pruebas de consumo reciente o prolongado de una sustancia (incluyendo los medicamentos con efectos psicotrópicos) o de abstinencia de sustancias o de exposición a un tóxico, hay que considerar un posible trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias. Puede ser útil realizar una detección de drogas en la orina o la sangre u otras pruebas de laboratorio adecuadas. Los síntomas que se presentan durante o poco después (en un período de 4 semanas) de una intoxicación o abstinencia de alguna sustancia, o después del empleo de algún medicamento, pueden ser muy sugerentes de un trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias, dependiendo del tipo, la duración o la cantidad de la sustancia que se haya usado. Si el clínico se ha cerciorado de que la alteración es debida tanto a enfermedad médica como al consumo de alguna sustancia, pueden realizarse ambos diagnósticos (trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica y trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias).
El trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica debe diferenciarse del trastorno depresivo mayor, el trastorno bipolar I, el trastorno bipolar II y el trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo (p. ej., una respuesta desadaptativa al estrés de tener una enfermedad médica). En los trastornos depresivo mayor, bipolar y adaptativo, no se puede demostrar la existencia de un mecanismo etiológico directo y específico asociado a la enfermedad médica. Frecuentemente, es difícil determinar si algunos síntomas (p. ej., pérdida de peso, insomnio, fatiga) representan una alteración del estado de ánimo o si son una manifestación directa de una enfermedad médica (p. ej., cáncer, accidente vascular cerebral, infarto de miocardio, diabetes). Estos síntomas contribuyen al diagnóstico de episodio depresivo mayor excepto en los casos en que son total y claramente atribuibles a una enfermedad médica. Se diagnostica trastorno del estado de ánimo no especificado cuando el clínico no puede determinar si la alteración del estado de ánimo es primaria, inducida por sustancias o debida a enfermedad médica.
– Relación con los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
A diferencia del DSM-IV, los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10 exigen el cumplimiento de la totalidad de criterios diagnósticos referentes a la duración y al cuadro sintomático de un episodio hipomaníaco, maníaco o depresivo mayor. En la CIE-10, este trastorno está recogido con el nombre de trastorno orgánico del estado de ánimo.
– Criterios para el diagnóstico de F06.xx Trastorno del estado de ánimo debido a… (indicar la enfermedad médica) [293.83]
A. En el cuadro clínico predomina una notable y persistente alteración del estado de ánimo, caracterizada por uno (o ambos) de los siguientes estados:
(1) estado de ánimo depresivo o notable disminución de intereses o del placer en todas o casi todas las actividades
(2) estado de ánimo elevado, expansivo o irritable
B. A partir de la historia clínica, la exploración física o las pruebas de laboratorio, hay pruebas de que la alteración es una consecuencia fisiológica directa de una enfermedad médica.
C. La alteración no se explica mejor por la presencia de otro trastorno mental (p. ej., un trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo en respuesta al estrés de tener una enfermedad médica).
D. La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.
E. Los síntomas provocan malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o. de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
Codificación basada en tipo:
.32 Con síntomas depresivos: si el estado de ánimo predominante es depresivo, pero no se cumplen totalmente los criterios para un episodio depresivo mayor
.32 Con episodio similar al depresivo mayor: si se cumplen totalmente los criterios para un episodio depresivo mayor (excepto el criterio D)
.30 Con síntomas maníacos: si el estado de ánimo predominante es elevado, eufórico o irritable
.33 Con síntomas mixtos: si hay tanto síntomas de manía como de depresión sin que ninguno predomine
Nota de codificación:
Se debe incluir el nombre de la enfermedad médica en el Eje I, por ejemplo, F06.32 Trastorno del estado de ánimo debido a hipotiroidismo, con síntomas depresivos [293.83]; se codificará también la enfermedad médica en el Eje III.
Nota de codificación:
Si los síntomas depresivos se presentan como parte de una demencia previa, indicar los síntomas depresivos codificando, si es posible, el subtipo de demencia, p. ej., F00.13 Demencia tipo Alzheimer, de inicio tardío, con estado de ánimo depresivo [290.21].
* Trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias
– Características diagnósticas
La característica esencial del trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias es una notable y persistente alteración del estado de ánimo (Criterio A), que se considera provocada por los efectos fisiológicos directos de una sustancia (p. ej., una droga, un medicamento, otro tratamiento somático de la depresión o la exposición a un tóxico) (Criterio B). Dependiendo de la naturaleza de la sustancia y del contexto en el que aparecen los síntomas (p. ej., durante la intoxicación o la abstinencia), la alteración puede suponer que el estado de ánimo sea depresivo o con una notable pérdida de intereses o del placer, o que sea un estado de ánimo elevado, expansivo o irritable. Si bien el cuadro clínico de la alteración del estado de ánimo puede ser parecido al de un episodio depresivo mayor, maníaco, mixto o hipomaníaco, no es necesario que se cumplan los criterios completos para uno de estos episodios.
El tipo de síntoma predominante puede indicarse utilizando uno de los subtipos siguientes: con síntomas depresivos, con síntomas maníacos, con síntomas mixtos. La alteración no se explica mejor por la presencia de un trastorno del estado de ánimo que no sea inducido por sustancias (Criterio C). No se efectúa el diagnóstico si los síntomas del estado de ánimo sólo aparecen en el transcurso de un delirium (Criterio D). Los síntomas deben provocar malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo (Criterio E). En algunos casos el sujeto puede ser aún capaz de desenvolverse, pero a costa de un esfuerzo importante. Este diagnóstico debe establecerse en lugar del de una intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias sólo si los síntomas son excesivos comparados con los habitualmente asociados al síndrome de intoxicación o de abstinencia y cuando son de suficiente gravedad como para merecer tina atención clínica independiente.
El trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias se distingue de un trastorno del estado de ánimo primario teniendo en cuenta el inicio, el curso y otros factores. En el caso de las drogas tiene que haber pruebas de intoxicación o abstinencia en la historia clínica, en la exploración física o en los hallazgos de laboratorio. Los trastornos del estado de ánimo inducidos por sustancias sólo se producen en asociación con estados de intoxicación o abstinencia, mientras que los trastornos del estado de ánimo primarios pueden preceder al inicio del consumo de la sustancia o pueden producirse tras largos períodos de abstinencia. Debido a que en algunas sustancias el estado de abstinencia puede aparecer con relativo retraso, el inicio de la alteración del estado de ánimo puede ocurrir hasta 4 semanas después del abandono de la sustancia.
Otra consideración es la referente a la presencia de síntomas atípicos para un trastorno del estado de ánimo primario (p. ej., edad de inicio o curso atípicos). Por ejemplo, la aparición por primera vez de un episodio maníaco en una persona mayor de 45 años debe alertar al clínico sobre la posibilidad de que se encuentre ante un trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias. Por el contrario, los factores que sugieren que los síntomas efectivos son atribuibles a un trastorno primario del estado de ánimo, incluyen la persistencia de los síntomas durante un período sustancia] de tiempo (p. ej., alrededor de 1 mes) tras el final de la intoxicación o la abstinencia de la sustancia, la aparición de síntomas claramente excesivos respecto a lo que sería esperable dado el tipo o la cantidad de la sustancia utilizada o la duración del uso, o una historia de episodios primarios recidivantes previos de trastornos del estado de ánimo.
Algunas medicaciones (p. ej., estimulantes, esteroides, L-dopa, antidepresivos) u otros tratamientos somáticos de la depresión (p. ej., terapéutica electroconvulsiva o terapéutica lumínica) pueden inducir alteraciones del estado de ánimo similares a la manía. El juicio clínico es esencial para determinar si el tratamiento es verdaderamente el causante o sí se ha producido el inicio de un trastorno del estado de ánimo primario mientras el sujeto estaba siguiendo el tratamiento. Por ejemplo, los síntomas maníacos que aparezcan en una persona que sigue tratamiento con litio no serán diagnosticados como trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias, porque no es probable que el litio provoque episodios parecidos a la manía.
Por otro lado, un episodio depresivo que se presente en las primeras semanas de un tratamiento con alfametildopa (un fármaco antihipertensivo), en una persona sin historia de trastorno del estado de ánimo, será calificado con el diagnóstico de trastorno del estado de ánimo inducido por alfametildopa, con síntomas depresivos. En algunos casos una enfermedad preexistente (p. ej., un trastorno depresivo mayor recidivante) puede recidivar mientras la persona está tomando simultáneamente una medicación con capacidad para causar síntomas depresivos (p. ej., L-dopa, anticonceptivos). En estos casos el clínico debe juzgar hasta qué punto el medicamento es la causa en esta situación particular. Véase tambien, «Trastornos relacionados con sustancias».
– Subtipos y especificaciones
Pueden emplearse los siguientes subtipos para indicar el síntoma predominante en el cuadro:
Con síntomas depresivos.
Se emplea este subtipo si el estado de ánimo predominante es depresivo.
Con síntomas maníacos
Se emplea este subtipo si el estado de ánimo predominante es elevado, eufórico o irritable.
Con síntomas mixtos
Se emplea este subtipo si hay tanto síntomas de manía como de depresión sin que ninguno de ellos predomine.
El contexto en el que se hayan iniciado los síntomas puede indicarse utilizando las especificaciones siguientes:
De inicio durante la intoxicación
Se debe usar esta especificación si se cumplen los criterios para la intoxicación por la sustancia y si los síntomas aparecen durante el síndrome de intoxicación.
De inicio durante la abstinencia
Se debe usar esta especificación si se cumplen los criterios para la abstinencia de la sustancia y si los síntomas aparecen durante o poco tiempo después del síndrome de abstinencia.
– Procedimiento de tipificación
El nombre del trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias empieza con la sustancia específica o el tratamiento somático (p. ej., cocaína, amitriptilina, terapéutica electroconvulsiva) que, presuntamente, están causando los síntomas afectivos. El código diagnóstico se selecciona de la relación de sustancias que se proporciona con los criterios. Para las sustancias que no encajen en ninguna de las dos clases (p. ej., amitriptilina) y para algunos tratamientos somáticos (p. ej., terapéutica electroconvulsiva), se debe utilizar el código para «otras sustancias».
El nombre del trastorno (p. ej., trastorno del estado de ánimo inducido por cocaína) va seguido por el subtipo que indica el tipo de presentación sintomática predominante y de la especificación que indica el contexto en el que aparecen los síntomas (p. ej., F14.8 Trastorno del estado de ánimo inducido por cocaína, con síntomas depresivos, de inicio durante la abstinencia [292.84]). Cuando se considera que son más de una las sustancias que desempeñan un papel significativo en la aparición de los síntomas afectivos, debe registrarse cada una por separado (p. ej., F14.8 Trastorno del estado de ánimo inducido por cocaína, con síntomas maníacos, de inicio durante la abstinencia [292.84]; F19.8 Trastorno del estado de ánimo inducido por terapéutica lumínica, con síntomas maníacos[292.84]). Si se considera que una sustancia es el factor etiológico, pero no se conoce de qué sustancia o clase de sustancias se trata, puede utilizarse la categoría F19.8 Trastorno del estado de ánimo inducido por una sustancia desconocida [292.84].
– Sustancias específicas
Los trastornos del estado de ánimo pueden presentarse en asociación con intoxicación por las siguientes clases de sustancias: alcohol; alucinógenos; anfetaminas y sustancias de acción similar; cocaína; fenciclidina y sustancias de acción similar; inhalantes; opiáceos; sedantes, hipnóticos y ansiolíticos, y otras sustancias o desconocidas. Los trastornos del estado de ánimo pueden presen tarse en asociación con abstinencia de las siguientes clases de sustancias: alcohol; anfetaminas y sustancias de acción similar; cocaína; sedantes, hipnóticos y ansiolíticos, y otras sustancias o desconocidas.
Entre los medicamentos que provocan síntomas psicóticos se incluyen anestésicos y analgésicos, anticolinérgicos, anticonvulsivantes, antihipertensivos y medicamentos antiparkinsonianos, medicamentos antiulcerosos, medicamentos cardíacos, contraceptivos orales, medicamentos psicotropos (p. ej., antidepresivos, benzodiacepinas, antipsicóticos, disulfiram), relajantes musculares, esteroides y sulfonamidas. Algunos medicamentos tienen unas probabilidades especialmente altas de producir síntomas depresivos (p. ej., altas dosis de reserpina, corticoides y esteroides anabolizantes). Téngase en cuenta que ésta no es un lista exhaustiva de los medicamentos posibles y que muchos otros producen ocasionalmente reacciones depresivas idiosincrásicas. Los metales pesados y las toxinas (p. ej., sustancias volátiles como la gasolina y la pintura, insecticidas organo-fosforados, gases nerviosos, monóxido de carbono, dióxido de carbono) también pueden inducir alteraciones del estado de ánimo.
– Diagnóstico diferencial
Las alteraciones del estado de ánimo son corrientes en la intoxicación por sustancias y en la abstinencia de sustancias y el diagnóstico de intoxicación por una sustancia específica o de abstinencia de una sustancia específica suele ser suficiente para calificar el cuadro clínico. únicamente se debe establecer el diagnóstico de trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias en lugar del diagnóstico de intoxicación por o abstinencia de sustancias cuando los síntomas exceden de los habitualmente asociados a los síndromes de intoxicación o abstinencia y cuando son de suficiente gravedad como para merecer una atención clínica independiente. Por ejemplo, el estado de ánimo disfórico es un síntoma característico de la abstinencia de cocaína. El trastorno del estado de ánimo inducido por cocaína sólo se debe diagnosticar en lugar de la abstinencia de cocaína si la alteración del estado de ánimo es sustancialmente más intensa de la que se observa habitualmente en la abstinencia de cocaína y si es de suficiente gravedad como para merecer atención y tratamiento independientes.
Si la alteración del estado de ánimo inducida por sustancias aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium, los síntomas son considerados como una característica asociada al delirium y no son diagnosticados por separado. En los cuadros clínicos inducidos por sustancias que contienen una mezcla de diferentes tipos de síntomas (p. ej., síntomas afectivos, psicóticos y de ansiedad), el tipo específico de trastorno inducido por sustancias depende del tipo de síntomas que predomine en el cuadro clínico.
El trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias se diferencia de un trastorno primario del estado de ánimo por el hecho de que se considera que una sustancia está etiológicamente relacionada con los síntomas.
El trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias debido a un tratamiento prescrito por una enfermedad mental o médica debe iniciarse mientras el sujeto está tomando el medicamento (o durante la retirada si es que hay un síndrome de abstinencia asociado con dicho medicamento). Una vez que el tratamiento ha sido interrumpido, los síntomas psicóticos normalmente remiten al cabo de unos días o semanas (dependiendo de la vida media de la sustancia y de la existencia de un síndrome de abstinencia). Si los síntomas persisten más allá de 4 semanas, hay que considerar otras causas de la alteración del estado de ánimo.
Puesto que los sujetos con enfermedades médicas suelen tomar medicamentos para estas enfermedades, el clínico debe considerar la posibilidad de que los síntomas afectivos estén causados por los efectos fisiológicos de la enfermedad médica más que por el medicamento, en cuyo caso se diagnostica un trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica. Frecuentemente, la historia clínica proporciona la base principal para llegar a esta conclusión. A veces es necesario un cambio en el tratamiento de la enfermedad médica (p. ej., cambio o interrupción del medicamento) para determinar empíricamente si la medicación es el agente causa] para aquella persona. Si el clínico ha comprobado que la alteración es debida tanto a una enfermedad médica como al consumo de una sustancia, pueden realizarse ambos diagnósticos (p. ej., trastorno del estado de ánimo debido a enfermedad médica y trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias). Cuando no hay datos suficientes para determinar si los síntomas afectivos son debidos a una sustancia (incluido un medicamento) o a una enfermedad médica o si son primarios (p. ej., no debidos a una sustancia ni a una enfermedad médica), se hablará de trastorno depresivo no especificado o de trastorno bipolar no especificado.
– Relación con los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10
A diferencia del DSM-IV, los Criterios Diagnósticos de Investigación de la CIE-10 requieren el cumplimiento de la totalidad de criterios referentes a la duración y al cuadro sintomático de un episodio hipomaníaco, maníaco o depresivo mayor. En la CIE- 10, este trastorno está recogido con el nombre de trastorno afectivo residual debido al consumo de sustancias.
– Criterios para el diagnóstico de trastorno del estado de ánimo inducido por sustancias
A. En el cuadro clínico predomina una notable y persistente alteración del estado de ánimo caracterizada por uno (o ambos) de los siguientes estados:
(1) estado de ánimo depresivo o notable disminución de intereses o del placer en todas o casi todas las actividades
(2) estado de ánimo elevado, expansivo o irritable
B. A partir de la historia clínica, la exploración física o los exámenes de laboratorio, hay pruebas de que (1) o (2):
(1) los síntomas del Criterio A aparecen durante o en el mes siguiente a una intoxicación o abstinencia
(2) el empleo de un medicamento está etiológicamente relacionado con la alteración
C. La alteración no se explica mejor por la presencia de un trastorno del estado de ánimo que no sea inducido por sustancias. Las pruebas de que los síntomas no son atribuibles a un trastorno del estado de ánimo no inducido por sustancias pueden ser las siguientes: los síntomas preceden al inicio del consumo de la sustancia (o al consumo del medicamento); los síntomas persisten durante un período sustancia de tiempo (p. ej., alrededor de 1 mes) después del final de la abstinencia aguda o la intoxicación grave, o son claramente excesivos respecto a lo que sería esperable dado el tipo o la cantidad de la sustancia utilizada o la duración de su uso; o hay otros datos que sugieren la existencia independiente de un trastorno del estado de ánimo no inducido por sustancias (p. ej., una historia de episodios depresivos mayores recidivantes).
D. La alteración no aparece exclusivamente en el transcurso de un delirium.
E. Los síntomas provocan malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
Nota: Este diagnóstico debe hacerse en lugar de un diagnóstico de intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias únicamente si los síntomas exceden de los normalmente asociados con el síndrome de intoxicación o abstinencia y cuando son de suficiente gravedad como para merecer una atención clínica independiente.
Código para trastorno del estado de ánimo inducido por (sustancia específica):
FI0.8 Alcohol [291.8]
F16.8 Alucinógenos [292.841]
F15.8 Anfetaminas (o sustancias de acción similar) [292.84]
F14.8 Cocaína [292.84]
Fenciclidina (o sustancias de acción similar) [292.84]
F18.8 Inhalantes [298.84]
F11.8 Opiáceos [298.84]
F13.8 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos [292.84]
F19.8 Otras sustancias (o desconocidas) [292.84]
Especificar tipo:
Con síntomas depresivos: si el estado de ánimo predominante es depresivo
Con síntomas maníacos: si el estado de ánimo predominante es elevado, eufórico o irritable
Con síntomas mixtos: si hay tanto síntomas de manía como de depresión sin queninguno de ellos predomine
Especificar si (ver la tabla de «Diagnósticos asociados a las clases de sustancias» para comprobar si es aplicable a la sustancia):
De inicio durante la intoxicación: si se cumplen los criterios para la intoxicación por la sustancia y los síntomas aparecen durante la intoxicación
De inicio durante la abstinencia: si se cumplen los criterios para la abstinencia de la sustancia y los síntomas aparecen durante o poco tiempo después del síndrome de abstinencia
* F39 Trastorno del estado de ánimo no especificado [296.90]
Esta categoría incluye los trastornos con síntomas afectivos que no cumplen los criterios para alguno de los trastornos del estado de ánimo específicos y en los que es difícil elegir entre un trastorno depresivo no especificado y un trastorno bipolar no especificado (p. ej., agitación aguda).
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