LEGISLACIÓN SOBRE SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS: El proceso de diseño: acciones y temas clave

Conjunto de Guías sobre Servicios y Politicas de Salud Mental

LEGISLACIÓN SOBRE SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS

Objetivos y destinatarios

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4. El proceso de diseño: acciones y temas clave

Este paso comienza una vez que existe la voluntad política de incorporar los componentes que
se han tratado en el capítulo anterior en la legislación nacional. La tarea de diseño de la
legislación será mejor elaborada por un comité especialmente constituido para ello y cuya
composición es de gran importancia. Deberían estar representados una gran diversidad de
expertos en salud que reflejen diferentes ideologías. La participación de los usuarios y
cuidadores tiene una importancia crucial que a menudo se descuida.
El comité de redacción debería incluir:
– una o dos personas representando al ministerio de salud, incluyendo, normalmente,
al profesional encargado de la salud mental que podría actuar de presidente del comité o de
secretario ejecutivo;
– una o dos personas de los demás ministerios implicados;
legisladores con interés por la salud mental;
– representantes de personas con trastornos mentales, cuidadores y organizaciones de apoyo;
– profesionales de salud mental;
– abogados con experiencia en salud mental y otros sectores;
– expertos con experiencia en el trabajo con mujeres, niños y tercera edad.
El consenso y debate debería comenzar antes de empezar la redacción y continuar hasta la
etapa de la puesta en práctica. El inicio del diálogo antes de que el proceso comience permite
la identificación de temas clave o controvertidos en una etapa temprana y promover así la
acción, el entusiasmo y el deseo de cambio en todas las partes interesadas.
Una vez que la legislación haya sido redactada debería presentarse, para consulta, a todas las
partes implicadas en el campo de la salud mental. Si está bien planteada y se desarrolla de
manera sistemática, la consulta puede tener un impacto positivo en la promulgación de la
legislación propuesta y en supuesta en práctica. El debate también proporciona una
oportunidad para incrementar la conciencia pública sobre estos temas. Éstos incluyen las
necesidades de las personas con trastornos mentales, la prevención de los trastornos
mentales, la participación de la comunidad y el hacer más visible el tema de los trastornos
mentales. De esta manera se incrementa la efectividad de una puesta en práctica de la
legislación, una vez que ha sido promulgada.
Existen más ventajas del proceso de consulta, incluyendo la identificación de puntos
potencialmente débiles en la legislación propuesta, de posibles conflictos con la legislación
existente y las costumbres locales, de temas que han podido ser omitidos de forma
inadvertida del borrador de la legislación y de las posibles dificultades prácticas en su
implementación.
El proceso de consulta debería tener una duración limitada, dividido en tres pasos:
– la publicación del borrador del documento en los medios escritos y electrónicos del país y
una solicitud a la población general a que manifieste su opinión al respecto;
– la solicitud de respuestas por escrito a la población, a las organizaciones, a los
representantes gubernamentales y a las agencias no-gubernamentales;
– llevar a cabo reuniones públicas a nivel regional y nacional moderadas por el comité de
redacción para analizar, debatir y negociar las objeciones o sugerencias más frecuentes que
tengan que ver con el borrador de la legislación.

Cuadro 4. Partes interesadas clave que deberían ser invitadas
al debate sobre la legislación de salud mental
– Agencias gubernamentales, incluyendo los ministerios de salud, economía, justicia,
educación, empleo y bienestar social.
– Políticos, legisladores y líderes de opinión.
– Servicios de orden público como la policía o el sistema penitenciario.
– Sistema judicial.
– Representantes o asociaciones de familias y cuidadores de personas con trastornos
mentales, asociaciones de apoyo que representen los intereses de dichas personas y grupos
de usuarios.
– Instituciones académicas y organismos profesionales que representen a profesionales tales
como psiquiatras, psicólogos, enfermeras psiquiátricas y trabajadores sociales.
– Agencias no-gubernamentales, con o sin ánimo de lucro, que proporcionen cuidados,
tratamientos y servicios de rehabilitación para las personas con trastornos mentales.
– Autoridades religiosas.
– Otros grupos de interés especial son las minorías o los grupos que representan a las
poblaciones indígenas.

Al final de la fase de consulta es útil que el comité de redacción publique un informe con las
sugerencias, objeciones y peticiones recibidas durante el proceso de consulta, así como las
respuestas del comité. Debe prestarse una especial atención a las secciones de la legislación
que hayan sufrido objeciones sustanciales, en especial por parte de grupos de usuarios y
organizaciones de apoyo. Es recomendable que el comité ofrezca una respuesta detallada a
toda objeción sustancial que no haya sido aceptada y que, en su opinión, no requiere ninguna
modificación, alteración o cambio en la legislación propuesta.

Puntos clave: el proceso de redacción
– El comité de redacción debería comprender un grupo suficiente de expertos con opiniones y
experiencias diversas.
– La participación de las personas con trastornos mentales y los cuidadores tiene una
importancia crucial en el proceso de redacción, pero a menudo se descuida.
– El borrador de la legislación debe presentarse para su debate público.
– El debate proporciona una oportunidad para aumentar el interés acerca de la salud mental
así como para identificar las debilidades potenciales en la legislación propuesta, los aspectos
omitidos inadvertidamente y las dificultades de la puesta en práctica.
– La consulta debería tener una duración limitada e incluir a todas las partes implicadas.
– Al final del período de consulta, el comité de redacción debería publicar un informe que
incluya las sugerencias adoptadas y los cambios efectuados en el borrador de la legislación.

Versión en español:
Marino Santirso Ruiz (Asturias-España)
Coordinadores de la versión en español:
Dr. J. Miguel Caldas de Almeida
Jefe de la Unidad de Salud Mental de OPS-PAHO.Washington EEUU
Dr. Víctor Aparicio Basauri
Jefe del Servicio de Psiquiatría. Hospital de Jove. Gijón-Asturias-España
Comité editor (versiones española y portuguesa):
Dr. Alberto Minoletti (Chile)
Dr. Alfredo Schechtman (Brasil)
Dr. Francisco Torres González (España)
Dr. Roberto Tykanori (Brasil)
Supervisión técnica módulo legislación (español):
Dra. Ana Esther Sánchez Gutiérrez
Jefa del Servicio de Psiquiatría
Dr. Jorge Antolín Suárez
MIR Psiquiatría
Servicios de Salud Mental de Mieres-Asturias-España
La versión al español ha sido promovida por OPS con la colaboración de la
Fundación Hospital de Jove (Gijón-Asturias.España),
de la Obra Social y Cultural de la Caja de Ahorros de Asturias (Cajastur) y GlaxoSmithKline
Edita: Editores Médicos, s.a. EDIMSA
ISBN: Conjunto de Guías 84-95076-79-9
ISBN: Módulo I 84-95076-80-2
Publicado por la Organización Mundial de la Salud en 2003
bajo el título de Mental Health Legislation and Human rights
© Organización Mundial de la Salud 2003
El Director General de la Organización Mundial de la Salud
ha concedido los derechos de traducción para la edición en español
a Editores Médicos, s.a., que son sólamente responsables de esta edición en español